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Autorización para baja definitiva

Solicitud de autorización para  Baja Definitiva de Estudios, con respecto al Artículo 41, Fracción I del Reglamento Escolar Vigente que dice: “El estudiante causará baja definitiva en los siguientes casos: “, “Por retiro voluntario”.

 

NOTA: Después de firmado y sellado por la Dirección de Unidad Académica y el Departamento de Educación Superior y Posgrado deberá entregarse a la Unidad Académica dentro de los tiempos establecidos de acuerdo al calendario y reglamento escolar vigente que dice “Todo movimiento escolar se autorizarán los primeros diez días hábiles, al inicio de cada semestre”. En caso de no entregarlo o que la Unidad Académica no lo registre en el SASE, quedará sin efecto la autorización.

Requisitos:

  • Kardex actualizado
  • CURP
  • Carta de motivos

Detalles de trámite

10 de octubre de 2023